¿Se puede circular sin ITV, pero con cita previa?

¿Se puede circular sin ITV, pero con cita previa?

Ya todos sabemos que la ITV es un procedimiento obligatorio para todo tipo de vehículos a motor sin importar lo nuevo o viejos que sean, y en cada caso hay distintos plazos para realizarla ya sea por primera vez o para actualizarla.

En relación a ello, muchos conductores entran en dudas de si pueden circular en un coche que tiene la ITV vencida aún teniendo fecha para realizarla, así que veamos que dice la Ley de Seguridad Vial sobre esto.

¿Qué dice la Ley de Seguridad Vial sobre circular sin ITV?

Si uno observa detenidamente cada apartado de la Ley, no quedan dudas de que tener la Inspección técnica vehicular al día es una obligación sin excepciones. En este sentido, no es posible circular sin ITV aunque se tenga fecha de cita. 

La ITV es lo que da la conformidad de que el vehículo es apto para circular en la vía pública sin ser un riesgo para la seguridad vial y el medio ambiente. En las estaciones de ITV se revisan que los frenos y la dirección respondan adecuadamente, que los neumáticos tengan buen agarre, que la luminaria funcione correctamente, así como los cinturones de seguridad, airbag y otros elementos que, de no estar en condiciones pueden ocasionar daños importantes.  

Previendo la posibilidad de que a más de uno se le puede pasar llevar el coche a realizar la Inspección el mismo día en que vence, en la Ley de Seguridad Vial se aclara que se puede realizar hasta 30 días antes de la fecha de caducidad de la última ITV. 

Con este trámite no hay reparos y si los inspectores de tráfico observan que se está circulando sin ITV (caduca, desfavorable o negativa) aplican multas que van desde los 200 euros hasta los 500 euros, dependiendo el caso y la gravedad del mismo. 

Esta es una medida para asegurar que los vehículos circulando están en condiciones y uno de los pilares que sostienen a la seguridad vial.

¿Se puede circular sin ITV, pero con cita previa?

¿Cada cuanto tiempo se realiza la ITV?

Esto es muy fácil de deducir, en la misma pegatina que los técnicos otorgan una vez finalizada la inspección con resultado favorable lo indica claramente. Además, la DGT se ocupa de enviar una notificación a los propietarios cuando se acerca la fecha en la que deben realizar la ITV.

Pero siendo más específicos, lo que la normativa establece es que se debe hacer la ITV periódicamente y los tiempos varían según el tipo de vehiculo, cual es su función en la vía pública y su antigüedad:

  • Coches y motos: cuando son nuevos tienen que pasarla 4 años después de su primera matriculación. A partir de esa fecha será cada 2 años hasta que tenga 10 años de antigüedad. A partir de ahí será cada 1 año.
  • Vehículos industriales: la primera tocará a los 2 años y tendrá que pasarla cada 2 años hasta que se cumplan 6 años. A partir de esta fecha, todos los años hasta que cumplan 10. A partir de entonces, cada seis meses.
  • Vehículos catalogados como históricos: Los que tienen hasta cuarenta años deben pasarla cada 2 años. Los de cuarenta a cuarenta y cinco años cada tres años y los de más de cuarenta y cinco años cada cuatro años.

También hay situaciones concretas en las que se debe realizar la ITV sin importar la fecha de la última aprobada:

  • Cuando se produce una reforma de importancia en el coche, como por ejemplo la variación de cota, debe obtener un certificado de validez de la ITV. 
  • Si se sufre un accidente que afecte algún elemento estructural. 

Será muy importante mantener las visitas a la ITV al día, ahora ya se sabe que no hay salvedades cuando de la seguridad y protección de la vida se trata. Circular sin ITV pone en grave riesgo la vida del propio conductor como la de todos los que transitan la vía pública, fundamentalmente los usuarios vulnerables (peatones, ciclistas y motociclistas) que son los más expuestos a la incidencias viales. 

Pedir cita en la ITV antes de que caduque

Además, pedir una cita para realizar la ITV es muy simple y no supone una pérdida de tiempo. Si bien se puede acudir sin cita, lo mejor es pedirla previamente para hacer más ágil el procedimiento y porque en muchas estaciones la solicitan obligatoriamente.

Para ello se podrá llamar por teléfono o pedirla por internet. Se deberá ofrecer información del tipo de vehículo, el número de matrícula, el tipo de motor, el tipo de servicio que se solicite, indicar la estación donde se quiere pasar la ITV, la fecha y hora de la cita y, solo en algunos casos, pedirán pagar en ese momento el importe correspondiente.

Circular con la ITV al día y con la luz de emergencia V16 para evitar siniestros

Luz de emergencia V16 con geolocalización homologada: PF Led ONE V16

Finalmente, con toda esta información aclarada, no habrá excusas para dejar pasar el vencimiento de la ITV. Es una responsabilidad de cada conductor contribuir a la seguridad vial y a la reducción de siniestros viales siguiendo las medidas establecidas por la DGT. En este sentido, portar en el vehículo con los elementos de seguridad como la luz de emergencia V16 homologada también lo es.

Se trata del dispositivo de preseñalización de peligro que reemplaza a los triángulos de emergencia y que será obligatorio en el 2026. Esta luz cuenta con sistema de geolocalización que al encenderse conecta con el NAP y la plataforma DGT 3.0.

Ya hay una en el mercado que se puede adquirir y es la PF Led ONE V16 de Erum Vial que ha sido homologada recientemente por la DGT. De esta manera puede incorporarse en los vehículos para estar protegidos de la mejor forma en caso de emergencias en la carretera.

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